Real Decreto que crea
(Julio de 1786)
Para evitar los graves perjuicios y dispendios que se originan a los habitantes de las Provincias comprendidas en
La nueva Audiencia de Caracas ha de componerse de un Oidor Decano, Regente de ella con el sueldo, por ahora, de cinco mil pesos; de tres Oidores, con el mismo que tienen los de la de Santo Domingo, y un Fiscal que lo ha de ser único de ella don Julián Díaz de Saravia, actual Fiscal Criminal de dicha Audiencia: en cuya consecuencia me consultará la cámara; desde luego estas cuatro plazas, la primera en Ministro acreditado de otra Audiencia de Indias y las tres restantes, un letrado de conocida literatura y práctica de Tribunales. Tendráse entendido en el Consejo y Cámara de Indias para su cumplimiento.
En Aranjuez, a 6 de julio de 1786.
Al Marqués de Sonora
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